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Miércoles, 24 Abril 2013 11:29

Un acuerdo que nos va a salir muy caro

Recorte Buses

Las personas que formamos parte de la Sección Sindical de CGT, decidimos mayoritariamente NO suscribir el Acuerdo con Ayuntamiento y empresa. Los motivos son muchos y variados:
SALARIO: se pacta la revisión "pérdida" por cuatro años, incluido el año 2013 en el que por convenio ya teníamos reconocido el IPC real. ¿Era necesario regalar a cambio de nada, de forma tan rápida y sumisa, lo que teníamos reconocido hasta el 31 de diciembre de 2013?


Con la redacción dada, no se puede saber el poder adquisitivo que vamos a perder, aunque sí queda claro que sea cual sea el escenario económico, los beneficios empresariales, la calidad del servicio... vamos a perder, incluso en el supuesto de que el IPC fuera negativo.


No podemos entender cómo en una negociación con una empresa que tiene garantizado su "margen de beneficio industrial" y con un ayuntamiento que se jacta a bombo y platillo de haber obtenido "superávit" en el año 2012, seamos las trabajadoras y trabajadores los paganos de sus ansias de beneficios y de sus fotos publicitarias.


EMPLEABILIDAD: se nos ha vendido el mantenimiento de los puestos de trabajo como la "consecución estrella" de este Acuerdo para los trabajadores y trabajadoras. Pero esto no es cierto, ya que "se amortizarán 5 puestos de trabajo de conductores-perceptores", lo que supone una pérdida de empleo, y esto nunca es positivo.


Este "logro" en el mantenimiento de los puestos de trabajo, también tiene otra trampa, y no precisamente oculta "3º.- Mientras se presten los servicios establecidos a partir del 18 de marzo de 2013 por el Exmo. Ayuntamiento de Salamanca, se mantendrá en número y categorías la plantilla existente en esa fecha." Es decir, no están obligados a nada, ya que el día que el Ayuntamiento decida disminuir los servicios en estos años, podrá disminuir la plantilla a su antojo.


Recordemos que, tras la firma del Convenio Colectivo en vigor, algunos aseguraban que estaban garantizados 187 conductores para poder realizar el servicio y cumplir con la jornada anual de 1780 horas. Ahora, sin grandes cambios del servicio, se da por bueno realizarlo con 176. Algo no cuadra.

 

FORMACIÓN: nos alegra que, por fin, se modifique lo recogido en el artículo 46 del Convenio Colectivo y se considere, como jornada efectiva el tiempo dedicado a la obtención del CAP, cuestión que la Ley y los tribunales nos reconocen. Aunque también este punto tiene su trampa: ¿Quién abonará las tasas y gastos del curso?


Acuerdan también que vamos a cobrar antes del día 5 de cada mes, es decir, que van a cumplir con el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores. ¡Faltaría más!


Nuestra conclusión es que resulta imposible ser positivos, es un acuerdo malo, perdedor, tramposo y desde luego, en CGT no nos vamos a quedar parados ante estos recortes.


La negociación y la posterior firma, constata que algunos asumen la lógica del retroceso en derechos como algo natural, sin haber planteado, previamente, la más mínima resistencia. Se entra con la cabeza gacha y con el ánimo claudicante como en un matadero de derechos.


En resumen, la empresa y el Ayuntamiento ganan y la plantilla pierde.


CGT como sindicato de clase, reivindicativo y solidario, no asume ningún recorte de derechos, menos aún abandona la ilusión por lo colectivo. No asumimos un individualismo perdedor, entendemos que la unión en la lucha es un valor fundamental para resistir, con garantías, las maniobras del divide y vencerás que maneja la empresa. En ello estamos y así seguiremos.

 

Queremos, por último, agradecer el trabajo realizado por los que fueran delegados de CGT y sentimos, en lo personal, su decisión de abandonar el Sindicato; es un acto de coherencia que reconocemos. Cuando las ideas personales son contrarias a la del Sindicato lo coherente es darse de baja, eso han hecho y, como no puede ser de otro modo, lo respetamos.

 

SI LUCHAS PUEDES GANAR O PERDER,
SI NO LUCHAS PIERDES SIEMPRE.

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Publicado en Transportes
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20130403-paga-extraCGT ha presentado recurso contra supresión de la paga extraordinaria del personal funcionario, estatutario y docente de la Junta de CyL.

 

OBJETO DEL RECURSO
Se reclama la totalidad de la paga extraordinaria y subsidiariamente la parte proporcional (por un periodo de tres meses, no 44 ni 14 días), es decir, hasta que la supresión se publicó en el Boletín de la Comunidad de Castilla y León no en el del Estado.

 

 

FUNDAMENTOS DEL RECURSO
• Vulneración del artículo 14 de la Constitución Española.
• Discriminación por la sobrecarga que se repercute sobre los Empleados Públicos en contraposición con el resto de los ciudadanos.
• Vulneración del principio de legalidad.
• Vulneración del principio de seguridad jurídica y confianza legitima, así como la prohibición de la retroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, art 9.3 de la Constitución Española.

Publicado en JCyL
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