El pasado 20 de agosto de 2020,tras la publicación de la Resolución de 17 de agosto de la Dirección General de Recursos Humanos que aprobaba la relación de vacantes del cuerpo de maestros a ofertar en el proceso informatizado de adjudicación de puestos en régimen de interinidad para el curso escolar 2020/2021 y finalizado el plazo de petición de vacantes, pudimos ver con absoluta incredulidad como distintas Direcciones Provinciales de la Consejería de Educación como la de Salamanca, Valladolid o León exigían para la toma de posesión de las vacantes la entrega y firma de una declaración responsable de la persona interina para que confirmara “Que dispone de los medios informáticos y de conexión a internet adecuados para ejercer la actividad docente no presencial.”
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