Los grupos vulnerables para COVID-19 definidos por el Ministerio de Sanidad son las personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, diabetes, insuficiencia renal crónica, inmunodepresión, cáncer en fase de tratamiento activo, enfermedad hepática crónica severa, obesidad mórbida (IMC>40), embarazo y mayores de 60 años.
Si eres personal docente de la Consejería de Educación que presta servicios en centros de enseñanza no universitarios de titularidad pública estando en alguno de los grupos anteriores y crees que debe evaluarse tu situación de riesgo, debes seguir estos pasos:
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Comunicar tu interés de evaluación a la dirección del centro en el que prestas servicios que dará traslado a la Secretaría Técnica de la Dirección Provincial correspondiente.
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La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial deberá ponerlo en conocimiento del Servicio de Prevención de Riesgos laborales iniciándose el siguiente proceso:
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La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial comunica a los médicos del Servicio de Prevención de Riesgos laborales , los datos necesarios para que inicie la valoración y establezca, o no, que posees naturaleza de especial sensibilidad , emitiendo un informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección si fueran necesarias.
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Una vez realizado el informe de valoración por parte del Servicio de Prevención, se mandará copia del informe a:
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El propio empleado público.
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La Secretaría Técnica de la Dirección Provincial a la que perteneces que lo comunicará a la dirección del centro en el que prestas servicios.
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En el caso de que procediese la incapacidad temporal (IT), a la Inspección Médica para su tramitación al médico de atención primaria, o a su médico de familia de la entidad aseguradora que, en último extremo y a la vista de sus datos clínicos, decidirá la emisión o no de la correspondiente IT.
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Si fuera objeto de propuesta de adaptación, la Dirección Provincial a la mayor brevedad lo comunicará al interesado y al centro, se podrá contar con la colaboración de los Servicios de Prevención de las Delegaciones Territoriales y, si fuera el caso, del Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de la Función Pública.
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Se procurará contestar con la mayor diligencia a los solicitantes una vez que el Servicio de Prevención determine adaptar el puesto al docente.
El docente continuará prestando sus servicios a través de las vías habilitadas con las máximas medidas de protección y en función de lo que determine el Servicio de Prevención mientras no se proceda a determinar la solución a su situación.

