Viernes, 12 Abril 2013 13:23

La Paga Extraordinaria al Consitucional

Recortes SalarialesLa sala de lo Social del Tribunal Supremo de Castilla y León, ha decidido plantear a la consideración del Tribunal Constitucional su acuerdo sobre la dudosa constitucionalidad de suprimir la paga extraordinaria del personal laboral, en base al Conflicto Colectivo presentado por CGT contra dicha medida.

 

La Sala del Tribunal da un plazo de diez días a las partes (CGT, Junta de CyL, etc.) para presentar alegaciones. Dicho plazo viene dado por las dudas que se plantea la Sala del Tribunal sobre la constitucionalidad del art.2 del Real Decreto-Ley 20/2012, desarrollado por el Decreto autonómico 32/2012, en cuanto a la supresión de la paga extraordinaria de diciembre, y la posible vulneración del art.9.3 y 33.3 de la Constitución.

 

En el Conflicto Colectivo presentado por CGT se reclama el abono de la totalidad de la paga extraordinaria o en su defecto la parte proporcional correspondiente a 90 días.


La Sala entiende, en base a distintas sentencias del Tribunal Supremo, que la paga extraordinaria es salario diferido y se devenga día a día, es decir que cuando se publica el Real Decreto, una parte ya se había generado y por tanto debería pagarse.

 

Esta decisión puede suponer un importante apoyo para la reclamación de la paga extraordinaria del personal funcionario que también ha presentado CGT.

Modificado por última vez en Viernes, 26 Abril 2013 12:02